Prueba testimonial

Deber de abstención / Alcances / Testimonio prestado por sacerdote y trabajadora social /

No se vulnera el deber de abstención prevista por el art. 221 C.P.P. con respecto al testimonio prestado por un sacerdote, si aquél no reveló secretos obtenidos en razón de su estado sacerdotal (o sea, mediante confesión), sino hechos conocidos meramente en ocasión de dicho estado, por lo cual no estaba obligado a su reserva. \r\nLa ley de rito local no impone el deber de abstención de declarar a ...
Tribunal: T.S.J., Sala Penal
Autos: Cruceño, Nelson Octavio

Revista Nro: 133
Nro Página: 311

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