Poder de policía

Concepto / Diferencias con la función de policía / Implicancias a los fines de determinar la responsabilidad del concedente y concesionario de servicio público /

La ley no quiere introducir al proceso penal cualquier persona que con arreglo al derecho deba responder por el daño derivado del hecho que se le atribuye al imputado, sino sólo al tercero que es llamado a responder por el daño en virtud de una obligación surgida de la ley de una manera inmediata y no mediata, por una convención de los interesados. Lo dicho equiv...
Tribunal: T.S.J., Sala Penal
Autos: Vieira, Juan José y otros

Revista Nro: 94
Nro Página: 271

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