Excepción de pago

Pago hecho a tercero / Recibo sin indicación de la obligación / Procedencia de la excepción /

La regla general es que la excepción de pago procede cuando se acompañan documentos emanados del acreedor, configurando una situación de excepción cuando el pago ha sido efectuado al tercero indicado para poder hacerlo, de conformidad al art. 731 inc. 7 C.C. En el marco expuesto debe quedar en claro que lo analizado no importa el tratamiento de la causa de la obligación, sino que simplemente se ha...
Tribunal: Cámara 7ª C. y C.
Autos: Credinor S.A. c/ Ferrada, Carlos Fernando

Revista Nro: 132
Nro Página: 227

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