Consolidación de la deuda pública

Inconstitucionalidad de la ley de consolidación / Daños a la integridad física de las personas / Requisito de razonabilidad / Edad de la víctima /

\r\nLa ley 8836, art. 7º, inc. D, ap. e, en cuanto dispuso consolidar obligaciones del Estado Provincial es inconstitucional cuando se trata de daños derivados de la integridad física de las personas. \r\nLa intangibilidad de las personas es el bien más preciado de nuestro sistema jurídico. El derecho a la vida y a la integridad personal no puede considerarse exclusivamente bajo la órbita del dere...
Tribunal: T.S.J., en pleno (Secr. Civil y Comercial)
Autos: Nicandra Robledo de Farías c/ DIPAS

Revista Nro: 92
Nro Página: 193

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