Sociedad de hecho

Responsabilidad solidaria de los socios / Efectos de la quiebra de la sociedad / Posibilidad de los acreedores de cobrarse de los bienes de los socios /

Según el art. 23, L.S., los socios de una sociedad de hecho quedarán solidariamente obligados por las operaciones sociales, y es por ello que la declaración de quiebra de la segunda produjo la de los primeros (art. 88 inc. 1 L.C.). Si bien se forma una masa pasiva para la sociedad y una para cada uno de los socios, eso no significa que éstos no resulten afectados por la...
Tribunal: Cámara C. y C. de San Francisco
Autos: Guido Bracaccini e Hijos S.H.

Revista Nro: 93
Nro Página: 286

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