Recurso de revisión

Cuantificación del resarcimiento /

Resulta jurídicamente inaceptable la pretensión de la acreedora de tomar como fecha de nacimiento del crédito el momento en que se configuraron los hechos que motivaron la resolución. En el caso de ser acreditada, la alegada recepción de productos de extraña procedencia por parte de la hoy fallida podría servir como fundamento para la resoluci&oacut...
Tribunal: Cámara 3ª C. y C.
Autos: Esso Sociedad Anónima Petrolera Argentina

Revista Nro: 93
Nro Página: 286

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase