Intereses

Compensatorios y punitorios: diferencias / Derecho del acreedor a exigir intereses convenidos /

No deben confundirse los intereses punitorios con los moratorios, pues si bien uno y otro proceden por la morosidad del deudor, los primeros son aquellos que las partes han convenido para el caso de no ser atendida la obligación dineraria en el plazo estipulado; en tanto los segundos son los legalmente establecidos en idéntica hipótesis, supliendo la imprevisión de los ...
Tribunal: Cámara 1ª C., C. y Cont. Adm. de Río Cuarto
Autos: Banco Central de la República Argentina c/ Patricia L.E. y/o Laura Patricia Varela

Revista Nro: 93
Nro Página: 279

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