Arma de fuego

. Violencia o intimidación contra las personas mediante el empleo de un arma de fuego / Naturaleza jurídica / Aplicabilidad al delito de homicidio simple /

La regla del art. 41 bis C.P., no es una mera agravante general, sino que esta repercusión sobre la magnitud de los marcos punitivos establecidos en los delitos de la Parte Especial y las leyes complementarias, se produce por la incorporación de una modalidad típica de ejecución de un delito violento (uso de arma de fuego) no contemplada por aquéllos. La ventaja ...
Tribunal: T.S.J., Sala Penal
Autos: Agüero, Franco Sebastián p.s.a. homicidio

Revista Nro: 97
Nro Página: 220

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase