Renuncia

Omisión de preavisar la renuncia / Indemnización sustitutiva de preaviso / Reconvención. / Oportunidad para su planteo /

\r\nEl art. 51 del C.P.T. determina que el empleador, si las partes no hubieran conciliado en la audiencia de conciliación, en esa oportunidad debe reconvenir por el crédito que pudiese tener a su favor, del que se correrá traslado al actor por el término de tres días. La reconvención por el monto correspondiente a la indemnización sustitutiva del preaviso, tal como lo dispone el art. 195 del Códi...
Tribunal: Cámara de Trabajo de San Francisco
Autos: Orellano Verónica Soledad c/ Anselmi y Cia. S.R.L.

Revista Nro: 128
Nro Página: 315

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