Contrato de trabajo

Personal de maestranza y ventas / Características de la categoría maestranza y vendedora / Régimen jurídico aplicable /

Conforme el CCT 130/75 se entiende por personal de Maestranza y Servicios al que realiza principalmente tareas de aseo y/o limpieza, tareas de poca importancia, mientras que Personal de Ventas es el empleado que realiza las tareas de atención al público y ventas en un comercio y conforme lo dispone el art. 10° del CCT reviste las siguientes categorías: degustadores, vendedores.\r\nEl art. 17 del C...
Tribunal: Cámara de Trabajo de San Francisco
Autos: Orellano Verónica Soledad c/ Anselmi y Cia. S.R.L.

Revista Nro: 128
Nro Página: 314

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