Alimentos

Segunda instancia / Naturaleza de la acción / Imposición de costas por su orden /

\r\nEn cuanto a las costas de la segunda instancia, corresponde tener presente la naturaleza de la acción, que se trata de un problema de índole familiar, y que en la instancia, el demandado no controvirtió la expresión de agravios de la actora. Cuando se está en presencia de un problema creado dentro de un grupo familiar es deber del magistrado no aplicar normas previstas para aquellos casos en q...
Tribunal: Cámara C. y C. de Villa María
Autos: A., D.N. y otros c/ J.M.A - Régimen de visitas - Alimentos

Revista Nro: 112
Nro Página: 196

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase