Tercería de dominio

Exoneración de responsabilidad / Necesidad de su prueba por quien la invoca / Eficacia de la denuncia penal /

La denuncia penal no es suficiente para acreditar la eximente de responsa-bilidad. Para exonerarse de la responsabilidad que le está impuesta por la ley, el transportador debe probar fehacientemente la configuración de alguno de los eximentes que ella consagra (arts. 172 y 175 C.Com.)La eximente de responsabilidad debe ser probada por quien la invoca y no por la contraria...
Tribunal: Cámara 8ª C. y C
Autos: Repetti Ferroni y Cía. S.A. c/ José Subils y otro

Revista Nro: 112
Nro Página: 180

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