Contrato de transporte

Obligaciones del porteador /

La conducción del objeto, su custodia y su entrega al destinatario son tres fases de la obligación única e indivisible que asume el porteador, por lo que la omisión de cualquiera de tales actividades hace surgir la responsabilidad por el incumplimiento de su obligación. Es obligación del porteador o transportista custodiar la carga hasta su entrega al destinatario (art. 170 C.Com.) y es responsabl...
Tribunal: Cámara 8ª C. y C.,
Autos: Repetti Ferroni y Cía. S.A. c/ José Subils y otro

Revista Nro: 112
Nro Página: 178

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