Defensa en juicio
Actos definitivos e irreproductibles / Autopsia necesaria /Frente a un acto definitivo e irreproductible, la ley de rito (arts. 308, 309 y 330 C.P.P.) establece una excepción a la regla de notificación previa, e incluso posibilita la realización de dicho acto, cuando se trata de una situación de suma urgencia, la cual se constata cuando la postergación en la realización del acto conduce directamente a la imposibil...
Tribunal: T.S.J., Sala Penal
Autos: Verdú, Ernesto Tomás
Revista Nro: 108
Nro Página: 318