Mora

Consecuencias frente a la legislación de emergencia. /

En materia de obligaciones existe una diferencia sustancial entre estar en mora y no estarlo. El Código Civil diferencia con claridad ambas situaciones, castigando al incumplidor y ayudando el deudor puntual que se ve impedido de cancelar la obligación por razones que no le son imputables. Desde esa perspectiva, la ley 25.820 deviene inconstitucional al otorgar idéntico tratamiento a situaciones o...
Tribunal: T.S.J. en pleno
Autos: Abud, Ana c/ Estella Maris de Daville

Revista Nro: 108
Nro Página: 196

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