Defensa en juicio
Recepción constitucional /La garantía de la inviolabilidad de la defensa en juicio, tiene su base en el art. 18 C.N. toda vez que en forma implícita y explícita establece que ?nadie puede ser condenado sin ser oído? y ?nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo?. Igual reconocimiento tiene dicha garantía a través de los pactos y tratados internacionales incorporados...
Tribunal: T.S.J., Sala Penal
Autos: Olmos, Carlos Alejandro p.s.a. usurpación
Revista Nro: 107
Nro Página: 315