Riesgos del trabajo

Obligación de la A.R.T. de atender al asegurado / Improcedencia del argumento de la falta de conocimiento del accidente /

Estando asegurado el actor al momento del accidente, la A.R.T. debió atender y en su caso debe reparar sus secuelas. No puede eximirse de tal cuestión, argumentando no tener conocimiento, ni constancias en sus registros, lo que no puede reprochársele al actor, ya que en su momento comunicó a la empresa su accidente y entregó certificado médico....
Tribunal: Cámara del Trabajo de Villa María
Autos: Olmedo, María Ester c/ Emprecom S.R.L. y/u otros

Revista Nro: 107
Nro Página: 298

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase