Prueba testimonial

Declaración de un coimputado ya condenado en la causa / Valor conviccional / Incorporación al debate, por su lectura /

La ley autoriza a recibir declaración testimonial a los coimputados condenados. Sin embargo, en esos casos no prestan juramento ni deponen bajo las penalidades de falso testimonio (art. 227 C.P.P.) lo cual resta comparativamente valor conviccional a sus declaraciones. Es posible incorporar al debate, por su lectura, las declaraciones de los testigos que no concurren a la audiencia, siempre que ...
Tribunal: T.S.J., Sala Penal
Autos: Fernández, Franco Rubén p.s.a robo calificado, etc.

Revista Nro: 107
Nro Página: 191

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