Solidaridad laboral

Fraude / Aplicación presunciones arts. 23 y 26 L.C.T.,, /

Se constató la concurrencia del ?elemento subjetivo?, esto es la existencia de las maniobras fraudulentas o conducción temeraria a la que alude el art. 31 L.C.T., esto por cuanto -más allá de la intención con la que se actuó- el fraude no implica intencionalidad sino que se produce cuando bajo el amparo de una norma jurídica se viola otra norma jur&...
Tribunal: Cámara del Trabajo, Sala X
Autos: Aspitia, Julieta - Zamboni, Paula Verónica c/ Main Cable S.A. y otros

Revista Nro: 116
Nro Página: 282

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