Bien de familia

Límite temporal para su operatividad /

El art. 38 de la ley 14.394 ha establecido un límite temporal para la operatividad de la afectación, determinando como principio general del régimen, la inembargabilidad e inejecutabilidad del inmueble que ha sido inscripto en el sistema con anterioridad al surgimiento de la deuda, sin hacer distinciones de las de origen contractual o extracontractual. Aquellos créditos de causa o título anter...
Tribunal: T.S.J., Sala C. y C
Autos: Banco Feigin S.A c/ Héctor Manuel Cela

Revista Nro: 116
Nro Página: 233

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