Debido proceso.

Debido proceso penal: fin del proceso. / El principio de oficiosidad como consecuencia de dicho fin. /

El fin inmediato del proceso penal, es la consecusión de la verdad objetiva, la que exige como presupuesto la legalidad de las pruebas obtenidas para alcanzarla, caso contrario, llevaría al absurdo de aceptar que el fin justifica los medios. Una de las consecuencias de ese fin inmediato del proceso, a nivel infraconstitucional, es el principio de oficiosidad en cuanto al inicio y ejercicio de la a...
Tribunal: T.S.J., Sala Penal
Autos: Avila, Julio Ramón y otros

Revista Nro: 114
Nro Página: 218

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