Responsabilidad civil

Carga probatoria / Exención parcial /

Con relación a la responsabilidad por riesgo de la cosa (art. 1113 -2º párr.- C.C.), no pesa sobre el damnificado la prueba de una estricta relación causal entre el riesgo o vicio de la cosa y el daño; es suficiente que demuestre un nexo de causalidad objetiva: la intervención de la cosa riesgosa o viciosa en el evento dañoso. A su vez, queda a cargo del d...
Tribunal: T.S.J., Sala Penal
Autos: Laplace o Laplaze, Orlando Oscar

Revista Nro: 115
Nro Página: 298

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