Menores

Domicilio / Norma aplicable / Juez competente /

No existe la posibilidad de que en nuestro sistema aun después de la reforma constitucional de 1994 y del dictado de leyes que se estiman ajustadas a ella, los menores de veintiún años no emancipados puedan constituir ?domicilio real?. Los niños que están bajo patria potestad (art. 264 y ss. C.C) tienen ?domicilio legal?, pues carecen de aptitud para constituir o...
Tribunal: Cámara 1ª de Familia
Autos: M.A.C.L. c/ F.H.R.B

Revista Nro: 118
Nro Página: 250

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