Tributos

Omisión de pago de impuestos total o parcial / Principio de personalidad de la pena /

El tipo legal previsto en el art. 60 del Código Tributario Provincial, se caracteriza -expresamente- por la omisión culposa del contribuyente que no paga el tributo o lo paga parcialmente, es decir, de manera incompleta, insuficiente. Consecuentemente, su configuración presupone un elemento objetivo -omisión de pago o pago parcial- y un elemento subjetivo -culpabilida...
Tribunal: T.S.J., Sala Contencioso Administrativa
Autos: C.Y.R.E. S.A. c/ Provincia de Córdoba

Revista Nro: 120
Nro Página: 189

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