Mora
Pago a realizarse en el domicilio del deudor / Necesaria colaboración del acreedor / Imposibilidad de cumplir en tiempo oportuno con el pago / Carga de la prueba /El primer párrafo del art. 509 C.C., en su actual redacción dispensa al acreedor de la carga de formular interpelaciones o reclamos, pero no lo libera del deber de cooperar que le viene impuesto por la buena fe negocial (art. 1198, 1...
Tribunal: T.S.J., Sala Civil y Comercial
Autos: Iturri, Luis F. c/ Alicia Roteda y otro
Revista Nro: 120
Nro Página: 126