Recurso de casación
Límites del tribunal ad quem /El supuesto del inc. 1 del art. 383 C.P.C.C., no autoriza al tribunal de casación a subrogarse en la actividad de los jueces de mérito, para corregir o modificar las conclusiones extraídas de la interpretación de normas contractuales, pues ese cometido excedería notoriamente los límites reconocidos a la competencia material del ad quem, cuyo ámbito ...
Tribunal: Cámara. C., C. y de Flia. de Villa María
Autos: Baysre, Carlos Alberto c/ Leonardo Claudio Paviolo y otros
Revista Nro: 123
Nro Página: 252