Costas

Principio objetivo de la derrota / Posibilidad de su morigeración / Facultad discrecional del tribunal. / Daño moral: legitimación activa /

\r\nEl art. 130 C.P.C.C. -aplicable por remisión del art. 551, 2º párr. C.P.P., establece, que ?La parte vencida será condenada al pago de las costas del juicio...?. Es decir, adopta el principio general del vencimiento objetivo. Ahora bien, el principio objetivo de la derrota puede ser revertido o morigerado (art. 130) con base en los hechos de la causa, no obstante tratarse del ejercicio de una ...
Tribunal: T.S.J., Sala Penal
Autos: Pearson, Enrique Tomás

Revista Nro: 89
Nro Página: 260

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