Arma de fuego

Agravante general / Repercusión punitiva / Naturaleza jurídica /

\r\nEl art. 41 bis C.P. introdujo en la Parte General del Código Penal una regla que no es una mera agravante general. La repercusión sobre la magnitud de los marcos punitivos establecidos en los delitos de la Parte Especial y las leyes complementarias que ella establece, se produce por la incorporación de una modalidad típica de ejecución de un delito violento (uso de arma de fuego) no contemplad...
Tribunal: T.S.J., Sala Penal
Autos: Ceballos Murúa, Nicolás Ramón E.

Revista Nro: 89
Nro Página: 258

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