Recurso de revisión

Interpretación sistemática del límite establecido por la norma / Interpretación de los distintos medios impugnativos previstos por la ley / Repercusiones de la consagración constitucional del derecho al recurso / Procedencia de la revisión para acreditar la inexistencia del hecho en las mismas condiciones fijadas como sustento de la condena /

Conforme al límite del recurso de revisión estatuido en el art. 490 C.P.P., esta impugnación debe tender a la demostración de la inexistencia del hecho, que el condenado no lo cometió, o que falta totalmente la prueba en que se basó la condena, salvo que se pretenda una variación de los hechos o de la interpretación del derecho, que resulte más favorable a la de la condena. Estas dos últimas posib...
Tribunal: T.S.J., Sala Penal
Autos: Gauna, Angel Roberto

Revista Nro: 106
Nro Página: 200

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