Abogados
Intereses / Concepto / Compensación al acreedor por privación de uso de su dinero / Posibilidad del letrado de beneficiarse si la sentencia incluye su pago /Los intereses constituyen la contraprestación consecuente a que tiene derecho el dueño de un capital, que no es otro -en las causas judiciales- que aquel que reclama el pago de su acreencia. A él es a quien se compensa por la privación del uso del dinero. Podrá ser beneficiario en ello también, el letrado si la condena dictada incluye el pago de tales acce...
Tribunal: Cámara C. y C. de Villa Dolores
Autos: Erosa de Pereyra, Luz Edith y otro c/ Andrés Felipe Sánchez
Revista Nro: 106
Nro Página: 275