Arma de fuego
Tenencia de armas de guerra / Delito de peligro abstracto / Necesidad de flagrancia /La tenencia de materiales clasificados reglamentariamente como armas de guerra por el Poder Ejecutivo (ley 20.429 y su reglamentación -decr. 395/75-) o de objetos mencionados en el primer párrafo del art. 189 bis, es un delito de peligro abstracto que requiere del requisito de la flagrancia, y que es tal aquélla que ?se está realizando actualmente?, pues por ello se con...
Tribunal: T.S.J., Sala Penal
Autos: Marigliano, Juan Antonio
Revista Nro: 104
Nro Página: 228