Acción penal

Efectos /

Cuando se advierte que ha operado la extinción de la acción penal emergente del delito investigado en autos, corresponde a este Tribunal Superior dictar el sobreseimiento de la causa (art. 350 inc. 4 C.P.P.) y la impugnación deviene abstracta por sustracción de materia. Es que, habida cuenta de la naturaleza sustancial de las distintas causales de sobreseimiento, las extintivas de la acción deben ...
Tribunal: T.S.J., Sala Penal
Autos: Carretero, Rodolfo Mariano

Revista Nro: 102
Nro Página: 216

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase