Presunciones
Prisión preventiva / Presunción iuris tantum /La causal de prisión preventiva prevista en el art. 281 inc. 1 C.P.P. consagra una presunción iuris tantum del legislador que el peligro para los fines del proceso existe toda vez que la amenaza penal exceda de cierto límite. Pero esta sospecha puede ser neutralizada si concurren circunstancias singulares que demuestren con suficiencia que tal resguardo resulta innecesario....
Tribunal: T.S.J., Sala Penal
Autos: Montero, Juan Carlos p.s.a. abuso sexual con acceso carnal
Revista Nro: 101
Nro Página: 311