Despido
Remuneración / Instrumento privado / Valor probatorio /En materia laboral el reconocimiento de la firma inserta en un recibo de pago de haberes no tiene per se los alcances previstos en el art. 1028 CC (art. 314 CCyC), es decir, que importa también tener por reconocido el cuerpo del instrumento privado (art. 314, 2ª parte, CCyC), reputándose la documentación sólo principio de prueba por escrito frente a la impugnación, no teniendo la eficacia probator...
Tribunal: S.T.J. de Corrientes
Autos: , Mirta Fabiana c/ Zaza SRL y/o Q.R.R. s/ind.; etc.
Revista Nro: 202
Nro Página: 221