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Art. 124 ley 9459 / Diferencia con las copias expedidas en los términos del art. 38 CPCC / Improcedencia /

Las copias que se expiden en los términos del art. 124 ley 9459 (CA) no son las “simples copias y/o certificaciones” de cualquier actuación judicial, reguladas de modo genérico en el art. 38 CPCC, sino que es copia de una resolución concreta –en la que se regulan honorarios– con un certificado especial relativo a que se encuentra firme y en condiciones de ser ejecutoriados dichos estipendios. El...
Tribunal: Cámara 5ª C. y C.
Autos: Municipalidad de Córdoba c/ Bosy, Ricardo Carlos - Presentación múltiple fiscal (rehace)

Revista Nro: 202
Nro Página: 200

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