Habeas data

Cuestión de competencia / Aplicación del principio de especialidad. / Régimen jurídico. /

Desde una interpretación sistemática de las normas aludidas, en particular del art. 37 de la ley de protección de datos personales y del art. 43 de la Constitución Nacional se deduce que las disposiciones procedimentales propias del amparo resultan aplicables a la acción de habeas data. Dicho esto, corresponde analizar las normas locales que asignan competencia en la materia y que devienen aplicab...
Tribunal: T.S.J., en pleno, Sala Electoral y de competencia originaria
Autos: Mansilla Daniel Ricardo c/ Banco de la Provincia de Córdoba

Revista Nro: 129
Nro Página: 150

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