Libertad asistida

Requisitos / Modo de cómputos /

El instituto de la libertad asistida (beneficio solicitado por el condenado) regulado en el art. 54 de la ley 24.660, permitirá al condenado sin la accesoria del art. 52 del C.P. el egreso anticipado y su reintegro al medio libre seis meses antes del agotamiento de la pena temporal. Es necesario para su procedencia, entre otros requisitos, contar con un tiempo cierto de agotamiento de la conden...
Tribunal: T.S.J., Sala Penal
Autos: Venosta, Horacio Ceferino - Cuerpo de ejecución de pena privativa de libertad

Revista Nro: 192
Nro Página: 116

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