Recurso de revisión

Interpretación más benigna de la ley por el T S J / Finalidad / Extensión /

El recurso de revisión procede por causales legalmente determinadas, en razón de que tiene por objeto sentencias firmes, esto es, con valor de cosa juzgada. Así, el inc. 5 del art. 489 C.P.P. versa exclusivamente sobre los diferentes criterios jurisprudenciales en la aplicación de la ley sustantiva, que en virtud de encuadramientos legales distintos incidan en la pena. ...
Tribunal: T.S.J., Sala Penal
Autos: Cruz, Omar Esteban p.s.a. de homicidio calificado, etc.

Revista Nro: 99
Nro Página: 332

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