Prueba

Recepción de nuevos medios de prueba / Disposiciones del C P P /

El art. 400 C.P.P. autoriza al tribunal a ordenar «a requerimiento del Ministerio Público, del querellante o del imputado, la recepción de nuevos medios de prueba, si en el curso del debate resultaren indispensables o manifiestamente útiles para esclarecer la verdad sobre los extremos de la imputación delictiva...». Esta Sala tuvo la oportunidad de expedirse acerca de l...
Tribunal: T.S.J., Sala Penal
Autos: Herrera, Salomón Jesús p.s.a. de robo calificado

Revista Nro: 99
Nro Página: 331

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase