Principio de congruencia entre acusación y sentencia

Principio acusatorio / Función del Ministerio Público / Posibilidad de aplicar un tipo penal más grave que el pedido por el fiscal: eliminación de circunstancias atenuantes / Distinciones frente a la concurrencia del estado de emoción violenta /

Al Ministerio Público le corresponde constitucional y legalmente la función de acusar y de probar la acusación (art. 172 inc. 3 Const. Pcial.; art. 9º inc. 3 LOPMP), ampliarla o modificarla en los casos en que así correspondiere durante el juicio e, inclusive, si muta materialmente la acusación originaria sin recurrir a esos procedimientos formales, siempre que beneficie al imputado porque ha desc...
Tribunal: T.S.J., Sala Penal
Autos: Defelippe, Lucas Gastón p.s.a. homicidio simple, etc.

Revista Nro: 188
Nro Página: 265

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