Despido directo
Obligaciones del empleador: mantenimiento del contrato y resguardo de la salud / Enfermedad inculpable / Facultad de control del empleador. / Límites. Protección de la mujer /La legitimidad del despido directo dispuesto por la patronal no puede ser analizada sólo desde la perspectiva del poder de organización o de disciplina del empleador, como disposiciones aisladas, sino que tal análisis debe ser sistémico, integrando y armonizando las normas de la L.C.T., entre sí y con el “bloque federal de constitucionalidad”, la normativa internacional de derechos humanos laboral...
Tribunal: Cámara del Trabajo, Sala IV
Autos: G.N.E c/ Estancias del Sur S.A.
Revista Nro: 188
Nro Página: 253