Costas

Distribución / Principio objetivo de la derrota /

La distribución de las costas configura una facultad privativa del tribunal de juicio, que sólo puede ser controlada por el tribunal de casación en los supuestos de arbitrariedad. En este sentido, se ha sostenido que el ejercicio de estas facultades discrecionales se encuentra condicionado sólo a que la prudencia pueda ser objetivamente verificable, y que la conclusión que se estime como razonable...
Tribunal: T.S.J., Sala Penal
Autos: Marino, Marcos José y otra (Torti, Patricia Claudia) p.ss.aa. homicidio culposo

Revista Nro: 187
Nro Página: 221

Para ver el texto completo debe iniciar sesión.


¿Todavia no es Miembro?.

Suscribase