Coparticipación impositiva

Retención de fondos municipales por organismos previsionales / Restricción a la autonomía municipal /

El procedimiento que determina la ley 5317/72 autoriza a las autoridades del gobierno de la Provincia a que por intermedio del Ministerio de Economía y Hacienda se proceda a retener de los fondos de la coparticipación federal que pertenecen a cada municipio, los montos que en concepto de aportes previsionales adeuda cada ente comunal a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia. No puede...
Tribunal: T.S.J., en pleno
Autos: Benchetrit, Francisco Samuel c/ Superior Gobierno de la Pcia. de Córdoba y otra -

Revista Nro: 185
Nro Página: 105

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