Recurso de apelación

Admisibilidad / Incidente de nulidad / Materia revisable por este medio impugnativo /

Los agravios generados por el rechazo de un incidente planteado durante el procedimiento, es también materia susceptible de ser revisada mediante la interposición del recurso de apelación conforme lo dispuesto en el art. 515 C.P.C.C., por remisión del art. 559, inc. 1, de dicho cuerpo normativo. El art. 78 C.P.C.C. establece el plazo para deducir el incidente impugnatorio y debe recordarse que ...
Tribunal: Cámara 9ª C. y C.
Autos: Provincia de Córdoba (Tribunal Superior de Justicia) c/ Rodas, Osvaldo

Revista Nro: 180
Nro Página: 223

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