Astreintes

Incumplimiento de manda judicial / Forma de diligenciamiento /

La sanción del art. 321 del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Córdoba está prevista para la prueba informativa y no para el supuesto de incumplimiento por parte de un tercero de un pedido de informe acerca del destino de una medida cautelar. No obstante, aun en el caso de equiparar la manda judicial en cuestión a dicho medio probatorio, debe diligenciarse en la forma establecida...
Tribunal: T.S.J., Sala Laboral
Autos: Cuerpo de apelación en autos Torres, Amelia Florencia c/ Hospital Español de Medical Plaza S.A

Revista Nro: 184
Nro Página: 244

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