Recurso de apelación
Fin de la norma tributaria / Principio de realidad económica: invocación y prueba /El fin de la norma tributaria no es gravar institutos jurídicos sino hechos con significación económica y que reflejen capacidad contributiva, por lo que en la sujeción a la ley debe prevalecer la actividad tal cual se despliega.
T.S.J., Sala Contencioso Administrativa, autos: “Borreguito S.A. c/ Provincia de Córdoba - Plena jurisdicción - Recurso de apelación”, 8/4/16, Sent. N° 43.
Vocales: Se...
Tribunal: T.S.J., Sala Contencioso Administrativa
Autos: Borreguito S.A. c/ Provincia de Córdoba
Revista Nro: 184
Nro Página: 237