Recurso de apelación

Fin de la norma tributaria / Principio de realidad económica: invocación y prueba /

El fin de la norma tributaria no es gravar institutos jurídicos sino hechos con significación económica y que reflejen capacidad contributiva, por lo que en la sujeción a la ley debe prevalecer la actividad tal cual se despliega. T.S.J., Sala Contencioso Administrativa, autos: “Borreguito S.A. c/ Provincia de Córdoba - Plena jurisdicción - Recurso de apelación”, 8/4/16, Sent. N° 43. Vocales: Se...
Tribunal: T.S.J., Sala Contencioso Administrativa
Autos: Borreguito S.A. c/ Provincia de Córdoba

Revista Nro: 184
Nro Página: 237

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