Magistrados y funcionarios judiciales

Destitución / Causal: supuesta comisión de un delito / Naturaleza jurídica /

La destitución dispuesta por la causal «supuesta comisión de delitos» no es una pena, pues su imposición compete exclusivamente al Poder Judicial después de cumplido el juicio previo (art. 18 C.N.), y éste en su amplia acepción de proceso penal sólo puede ser iniciado en contra de quien cuenta con una inmunidad procesal, luego de removido del cargo por el órgano competente según la Constitución Pr...
Tribunal: T.S.J., en pleno
Autos: Martínez, Víctor Cristian s/ Enjuiciamiento

Revista Nro: 38
Nro Página: 123

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