Accion de inconstitucionalidad

Tribunal Superior de Justicia / Competencia originaria. / Control directo de constitucionalidad / Supremacía constitucional. Objeto de control: actos normativos violatorios de garantías consagradas en la Constitución de la Provincia. Agotamiento de la vía administrativa previa: innecesariedad /

La competencia atribuida taxativamente al Tribunal Superior de Justicia por el art. 165 inc. 1º, apartado «a» de la Constitución Provincial, habilita el control directo de constitucionalidad a través de las acciones declarativas de inconstitucionalidad de las leyes, decretos, reglamentos, resoluciones, cartas orgánicas y ordenanzas, que estatuyan sobre materia regida por esta Constitución, y se co...
Tribunal: T.S.J. en pleno
Autos: Carranza, Raúl Ernesto c/ Provincia de Córdoba y otra

Revista Nro: 40
Nro Página: 87

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