Delitos contra la integridad sexual

Abuso sexual gravemente ultrajante / Diferencias con el abuso sexual simple y el agravado por acceso carnal / Razón de la agravante / Actos públicos o con trascendencia pública /

La figura de abuso sexual gravemente ultrajante, se sitúa en un lugar intermedio entre la figura base del abuso sexual (art. 119, 1er párr., C.P.) y la de éste con acceso carnal. Con lo que se busca dar una solución político-criminalmente adecuada a casos que en el ordenamiento derogado respondían a la misma calificación legal (o sea, la del delito de abuso deshonesto), pese a presentar diferencia...
Tribunal: T.S.J., Sala Penal
Autos: Peñaloza, Javier Agustín p.s.a. abuso sexual gravemente ultrajante, etc.

Revista Nro: 181
Nro Página: 263

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