Código civil y comercial

Aplicación inmediata a los procesos en curso / Situación jurídica no agotada ni consumida /

Las resoluciones de la C.S.J.N. deben atender a las circunstancias existentes al momento de la decisión, aunque sean sobrevinientes a la interposición del recurso extraordinario y si en el transcurso del proceso han sido dictadas nuevas normas sobre la materia objeto de la litis, la decisión de la Corte deberá atender también a las modificaciones introducidas en esos preceptos en tanto configuran ...
Tribunal: C.S.J.N.
Autos: Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Basi, Lidia Josefa c/ Superior Gobierno de la Provincia de Córdoba s/demandada

Revista Nro: 178
Nro Página: 129

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